Código de Comercio Artículo 66. Los corredores son agentes de comercio que dispensan su mediación a los comerciantes para facilitarles la conclusión de sus contratos.
Código de Comercio Artículo 10: Cualidad de Comerciante: Ejercicio a Nombre Propio y Habitual
Código de Comercio Artículo 10. Son comerciantes los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesión habitual, y las sociedades mercantiles.
