LOPNNA Artículo 607: Revocación.

Artículo 607. RevocaciónEl recurso de revocación procederá so lamente contra los autos de sustanciación y de mero trámite, a fin de que el mismo tribunal que los dictó, examine nuevamente la cuestión y dicte la decisión que corresponda.En las audiencias orales este recurso será…

LOPNNA Artículo 489-D: Formalización.

Artículo 489-D. Formalización Admitido el recurso de casación o declarado con lugar el de hecho, comenzará a correr desde el día siguiente al vencimiento de los cinco días que se dan para efectuar el anuncio, en el primer caso y el día hábil siguiente al de la declaratoria con…

LOPNNA Artículo 518: De las homologaciones.

Artículo 518. De las homologacionesLos acuerdos extrajudiciales deben ser homologados por el juez o jueza de mediación y sustanciación dentro de los tres días siguientes a su presentación ante el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, conservando el original del…