RLTT Artículo 61.
Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 61:Son requisitos para la obtención de estas placas identificadoras ordinarias:1. Haber cumplido los requisitos previstos en el artículo 12 de la Ley de Tránsito Terrestre.2. Cancelar los derechos establecidos en la Ley.
