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Moto Taxis Artículo 22: Datos del Certificado de Registro de Vehículos.El Certificado de Registro de Vehículos deberá contener los siguientes datos: marca, modelo, año de fabricación, color, serial de carrocería, serial de motor, uso, servicio, clase, capacidad nominal, capacidad de puestos, peso o tara, tipo y cualquier otro que se determine.

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Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 88:Los fabricantes o ensambladores de vehículos automotores legalmente establecidos en el territorio nacional deberán troquelar los vehículos que produzcan con el número de serial correspondiente, localizado en el mismo sitio en que aparece en los vehículos similares producidos en el exterior.