Código de Comercio Artículo 376. Comisionista es el que ejerce actos de comercio en su propio nombre por cuenta de un comitente.
Código de Comercio Artículo 535: Forma Escrita
Código de Comercio Artículo 535. El contrato de prenda debe hacerse por escrito, bien sea dada la prenda por comerciante, bien por uno que no lo sea, si es por acto de comercio. La certeza de la fecha del documento puede establecerse por todos los medios de prueba admitidos por las leyes…
