Código de Comercio Artículo 119. El finiquito de una cuenta corriente hace presumir el de las anteriores, cuando el comerciante que lo ha dado arregla su cuenta en períodos fijos.
Código de Comercio Artículo 232: Prohibición de Tomar Interés en Otra Compañía
Código de Comercio Artículo 232. Los socios en nombre colectivo no pueden tomar interés en otra compañía en nombre colectivo que tenga el mismo objeto, sin el consentimiento de los otros socios.Se presume el consentimiento, si preexistiendo ese interés, al celebrarse el contrato, era conocido de…
