Código de Comercio Artículo 506. Antes de la conclusión de la cuenta corriente, ninguno de los interesados es considerado como acreedor o deudor.
Código de Comercio Artículo 503: Concepto en la Definición
Código de Comercio Artículo 503. La cuenta corriente es un contrato en que una de las partes remite a otra, o recibe de ella, en propiedad, cantidades de dinero u otros valores, sin aplicación a un empleo determinado, ni obligación de tener a la orden un valor o una cantidad equivalente, pero a…
