Código de Comercio Artículo 513. La conclusión de la cuenta corriente es definitiva cuando no debe ser seguida de ninguna operación de negocios, y parcial en el caso inverso.
Código de Comercio Artículo 119: Finiquito de Cuenta
Código de Comercio Artículo 119. El finiquito de una cuenta corriente hace presumir el de las anteriores, cuando el comerciante que lo ha dado arregla su cuenta en períodos fijos.
