Código de Comercio Artículo 523. Por lo menos quince días después de terminar cada semestre o período de liquidación, los bancos deberán pasar a sus clientes sus cuentas corrientes, exigiéndoles su conformidad escrita, y ésta o las observaciones a que hubiere lugar, se presentarán dentro de cinco días.
Código de Comercio Artículo 513: Formas de Conclusión de Cuentas: Clases de Finiquito
Código de Comercio Artículo 513. La conclusión de la cuenta corriente es definitiva cuando no debe ser seguida de ninguna operación de negocios, y parcial en el caso inverso.
