Código de Comercio Artículo 510. Las sumas o valores afectos a un empleo determinado, o que deban tenerse a la orden del remitente, son extraños a la cuenta corriente y cómo tales, no son susceptibles de la compensación puramente mercantil que establecen los artículos 503 y 514.
Código de Comercio Artículo 119: Finiquito de Cuenta
Código de Comercio Artículo 119. El finiquito de una cuenta corriente hace presumir el de las anteriores, cuando el comerciante que lo ha dado arregla su cuenta en períodos fijos.
