Código de Comercio Artículo 977. Los síndicos definitivamente nombrados, si fueren otros que los provisionales, exigirán que éstos rindan cuenta de su administración a la mayor brevedad.
Código de Comercio Artículo 426: Endoso por Procuración: para Cobranza o de Apoderamiento
Código de Comercio Artículo 426. Cuando el endoso contiene las palabras "para su reembolso", "para su cobro", "por su mandato", o cualquier otra frase que implique un simple mandato, el portador puede ejercitar todos los derechos derivados de la letra de cambio, pero no puede endosarla, sino a…
