Código de Comercio Artículo 288. Cuando la tercera parte de los que concurran a la asamblea o un número que represente la mitad del capital representado en la asamblea, no se crea bastante informado sobre las materias sometidas a la deliberación, puede pedir que la reunión se difiera por tres días, y los otros accionistas no podrán oponerse Este derecho no puede ejercerse sino una sola vez sobre el mismo objeto.

La disposición de este artículo no es aplicable a la asamblea para la constitución de la compañía, que se regirá por el artículo 253.


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