Código de Comercio Artículo 81. Las acciones por operaciones de corretaje se prescriben en dos años, contados desde la fecha en que se concluyó la operación.
Código de Comercio Artículo 307: Qué Dividendos Pueden Pagarse
Código de Comercio Artículo 307. No pueden pagarse dividendos a los accionistas sino por utilidades líquidas y recaudadas.Ni en la escritura constitutiva, ni en los estatutos, ni en otros documentos podrán las sociedades establecer interés en favor de sus acciones.Los accionistas no están obligados…
