Código de Comercio Artículo 346. Transcurrido sin oposición el término indicado, podrá realizarse la fusión y la compañía que quede subsistente o que resulte de la fusión, asumirá los derechos y obligaciones de las que se hayan extinguido.
Código de Comercio Artículo 19: Documentos que Deben Inscribirse
Código de Comercio Artículo 19. Los documentos que deben anotarse en el Registro de Comercio, según el artículo 17, son los siguientes: 1. La autorización del curador y la aprobación del Juez, en su caso habilitando a los menores para comerciar. 2. El acuerdo o consentimiento del marido en lo que…
