Código de Comercio Artículo 1113. En las sentencias se fijarán con separación las cuestiones de hecho y las de derecho y se decidirán con la misma separación.
Código de Comercio Artículo 1117: Disposiciones y Formalidades del Remate de Nave
Código de Comercio Artículo 1117 (Derogado). Para el remate de las naves se observarán las disposiciones y formalidades relativas al de inmuebles, y en los carteles y anuncios, además de lo que exige el Código de Procedimiento Civil, deberá expresarse el puerto en que la nave está atracada o fondeada; el nombre, calidad y tonelaje de aquélla, si está armada o en armamento; el nombre y apellido del…
