Código de Comercio Artículo 484. La forma de las obligaciones contraídas en materia de letras e cambio se regula por la ley del Estado, sobre cuyo territorio dichas obligaciones han sido suscritas.
Código de Comercio Artículo 306: Depósito de una Copia
Código de Comercio Artículo 306. Una copia del balance quedará depositada junto con el informe de los comisarios, en las oficinas de la compañía durante los quince días precedentes a la reunión de la asamblea, y hasta que esté aprobado.Todo el que acredite su calidad de socio, tendrá derecho a…
