LOPNNA Artículo 600: Discusión final y clausura.
Artículo 600. Discusión final y clausura. Terminada la recepción de las pruebas, el juez o la jueza de juicio de la sección de los y las adolescentes del tribunal penal, concederá sucesivamente la palabra al o la fiscal del Ministerio Público, el o la querellante y al defensor o…
