LOPNNA Artículo 535: Concurrencia de personas adultas y adolescentes.
Artículo 535. Concurrencia de personas adultas y adolescentes. Cuando en un hecho punible o en hechos punibles conexos, concurran personas adultas y adolescentes, las causas se separarán conociendo en cada caso la autoridad competente. Para mantener en lo posible la conexidad,…
