Más Articulos de este Título

LOPNNA Artículo 429: Confidencialidad.

Artículo 429. ConfidencialidadEl contenido de los informes previstos en los artículos 420. y 421. de esta Ley, así como el de los expedientes de adopción, son de naturaleza confidencial; para su archivo y conservación deben tomarse las precauciones necesarias que garanticen…

LOPNNA Artículo 422: Duración del período de prueba y seguimiento.

Artículo 422. Duración del período de prueba y seguimientoPara decretarse la adopción debe haberse cumplido un período de prueba de seis meses, por lo menos, durante el cual el candidato o candidata a adopción debe permanecer, de manera ininterrumpida, en el hogar de quienes…

LOPNNA Artículo 408: Edad para ser adoptado o adoptada.

Artículo 408. Edad para ser adoptado o adoptadaSólo pueden ser adoptados o adoptadas quienes tengan menos de dieciocho años para la fecha en que se solicite la adopción, excepto si existen relaciones de parentesco o si la persona a ser adoptada ha estado integrado al hogar del…

LOPNNA Artículo 407: Tipos de adopción.

Artículo 407. Tipos de adopciónLa adopción puede ser nacional o internacional. La adopción internacional es subsidiaria de la adopción nacional. La adopción nacional sólo podrá solicitarse por quienes tengan residencia habitual en el país. El cambio de residencia habitual del o…

LOPNNA Artículo 406: Concepto.

Artículo 406. ConceptoLa adopción es una institución de protección que tiene por objeto proveer al niño, niña o adolescente, apto para ser adoptado o adoptada, de una familia sustituta, permanente y adecuada. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 54Código Civil Artículo…

LOPNNA Artículo 414: Consentimientos.

Artículo 414. ConsentimientosPara la adopción se requiere los consentimientos siguientes:a) De la persona a ser adoptada si tiene doce años o más.b) De quienes ejerzan la patria potestad y, en caso de ser ejercida por quien no hubiese alcanzado aún la mayoridad, debe estar…
Índice LOPNNA 2015