LOPNNA Artículo 614: Competencia para el enjuiciamiento y el control de la ejecución.
Artículo 614. Competencia para el enjuiciamiento y el control de la ejecución. La autoridad competente será la del lugar de la acción u omisión que constituya el hecho punible, observadas las reglas de conexión, continencia y prevención. La autoridad competente para la ejecución…
