LOTTT Artículo 534.
En caso de infracción a las disposiciones protectoras de la maternidad, paternidad y la familia se impondrá al patrono o patrona una multa no menor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias, ni mayor del equivalente a trescientas sesenta unidades tributarias.
Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo
LOTTT Artículo 539: Arresto por cierre ilegal e injustificado de la fuente de trabajo.
Arresto por cierre ilegal e injustificado de la fuente de trabajo.LOTTT Artículo 539. El patrono o patrona que de manera ilegal e injustificada cierre la fuente de trabajo, será sancionado o sancionada con la pena de arresto de seis a quince meses por los órganos jurisdiccionales competentes a solicitud del Ministerio Público.
LOTTT Artículo 550: Consignación o afianzamiento de la multa para recurrir.
Consignación o afianzamiento de la multa para recurrir.LOTTT Artículo 550. No se oirá el recurso mientras no conste haberse consignado o afianzado satisfactoriamente el valor de la multa.
LOTTT Artículo 527: Infracción a las disposiciones sobre trabajadores extranjeros y trabajadoras extranjeras.
Infracción a las disposiciones sobre trabajadores extranjeros y trabajadoras extranjeras.LOTTT Artículo 527. Al patrono o patrona que infrinja las disposiciones sobre el porcentaje de trabajadores extranjeros o trabajadoras extranjeras se le impondrá una multa no menor del equivalente a treinta unidades tributarias, ni mayor del equivalente a sesenta unidades tributarias.
