Infracción a las disposiciones protectoras de la maternidad, la paternidad y la familia.
LOTTT Artículo 534.


En caso de infracción a las disposiciones protectoras de la maternidad, paternidad y la familia se impondrá al patrono o patrona una multa no menor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias, ni mayor del equivalente a trescientas sesenta unidades tributarias.

Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo

LOTTT Artículo 548: Recursos legales.

Recursos legales.LOTTT Artículo 548. De la sanción impuesta podrá recurrirse: a) Cuando la haya impuesto un funcionario delegado o funcionaria delegada de una Inspectoría, por ante el Inspector respectivo o Inspectora respectiva. b) Cuando la haya impuesto el Inspector o la Inspectora directamente, por ante el Ministro o la Ministra del Poder Popular con competencia en la materia del trabajo. En…

LOTTT Artículo 521: Régimen sancionatorio por infracción.

Régimen sancionatorio por infracción.LOTTT Artículo 521. Las infracciones a las disposiciones de esta Ley, serán objeto de las sanciones establecidas en este Título, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar.

LOTTT Artículo 540: Reincidencia.

Reincidencia.LOTTT Artículo 540. En caso de que un infractor o una infractora al que se refieren los artículos anteriores reincida en el hecho que se le imputa, la pena prevista para la infracción se aumentará en la mitad.

Índice LOTTT