Más Artículos de este Titulo

LOTTT Artículo 218: Definición.

Definición.LOTTT Artículo 218. Son trabajadores y trabajado ras del deporte quienes actúen con carácter profesional, mediante remuneración y bajo la dependencia de una persona natural o jurídica. Se consideran en esta modalidad especial de trabajo, los deportistas, las deportistas, directivos técnicos o directivas técnicas, entrenadores o entrenadoras, preparadores físicos o preparadoras físicas,…

LOTTT Artículo 227: Excepciones al Principio de igualdad salarial.

Excepciones al Principio de igualdad salarial.LOTTT Artículo 227. No constituye violación al principio de igualdad salarial las disposiciones que estipulen salarios diferentes para trabajos iguales por razón de la categoría de los eventos, partidos o funciones de los equipos o de la experiencia y habilidad de los trabajadores y trabajadoras del deporte.

Índice LOTTT