LOTTT Artículo 154: Límite de los descuentos.
Límite de los descuentos.LOTTT Artículo 154. Mientras dure la relación de trabajo, las deudas que los trabajadores y las trabajadoras contraigan con el patrono, o patrona sólo serán amortizables, semanal, o mensualmente, por cantidades que no podrán exceder de la tercera parte del equivalente a una semana de trabajo o a un mes de trabajo, según el caso. En caso de terminación de la relación de…
