Elecciones por la base.
LOTTT Artículo 400.


En las elecciones de los sindicatos participaran los afiliados y afiliadas al sindicato.

En las elecciones de la junta directiva de las federaciones participarán los y las integrantes de los sindicatos afiliados.

En las elecciones de la junta directiva de una confederación o central participarán los y las integrantes de los sindicatos afiliados a las federaciones que la integran.

Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo

LOTTT Artículo 386: Procedimiento para el registro.

Procedimiento para el registro.LOTTT Artículo 386. Los interesados e interesadas en el registro de una organización sindical presentarán los documentos indicados ante el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales de acuerdo al ámbito territorial de la organización sindical que se proyecta. Si la documentación presenta deficiencias u omisiones en lo que se refiere a lo establecido en los…

LOTTT Artículo 428: Fusión por absorción de otra organización sindical.

Fusión por absorción de otra organización sindical.LOTTT Artículo 428. Una organización sindical puede acordar disolverse para incorporar a sus afiliados y afiliadas a otra organización sindical de la misma naturaleza ya existente, lo que constituye una fusión por absorción. La organización sindical que se fusiona debe acordar previamente su disolución en asamblea general de trabajadores y…

Índice LOTTT