LOTTT Artículo 279.
Son obligaciones de los trabajadores y trabajadoras tripulantes:
a) Velar porque en la aeronave a su cargo no sean transportados pasajeros o pasajeras o efectos que no cumplan los requerimientos legales exigidos.
b) Mantener vigente los documentos requeridos para la prestación de sus servicios.
c) Cumplir las normas relativas a la importación y exportación de mercancías.
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