Amarre del buque.
LOTTT Artículo 263.


El amarre temporal de un buque no produce la terminación de la relación de trabajo.

Sólo suspende sus efectos hasta que el buque vuelva al servicio, salvo la duración de la antigüedad, que permanece inalterada.

Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo

LOTTT Artículo 284: Mantenimiento del vehículo.

Mantenimiento del vehículo.LOTTT Artículo 284. El mantenimiento del vehículo estará a cargo del patrono o de la patrona, así como los gastos por concepto del combustible necesario para la prestación del servicio. A falta de acuerdo entre las partes, por Resolución conjunta de los ministerios del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y de transporte terrestre se fijará la estimación…

LOTTT Artículo 269: Representante del patrono o la patrona.

Representante del patrono o la patrona.LOTTT Artículo 269. Se considerará representante del patrono o patrona, al gerente de operaciones, superintendente de vuelos, jefe o jefa de adiestramiento, jefe o jefa de pilotos y cualesquiera otras personas que realicen funciones análogas.

Índice LOTTT