Infracción de las disposiciones en modalidades especiales de condiciones de trabajo.
LOTTT Artículo 526.


Cualquier infracción a las disposiciones relativas a los trabajadores y trabajadoras con modalidades especiales de condiciones de trabajo establecidas en la presente ley hará incurrir al patrono o patrona infractor o infractora en el pago de una multa no menor del equivalente a treinta unidades tributarias, ni mayor del equivalente a sesenta unidades tributarias.

Artículos Relacionados
Más Artículos de este Titulo

LOTTT Artículo 521: Régimen sancionatorio por infracción.

Régimen sancionatorio por infracción.LOTTT Artículo 521. Las infracciones a las disposiciones de esta Ley, serán objeto de las sanciones establecidas en este Título, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar.

LOTTT Artículo 522: Principios del régimen sancionatorio.

Principios del régimen sancionatorio.LOTTT Artículo 522. La sustanciación y decisión del procedimiento que dé lugar a la sanción, se efectuará en estricto resguardo de los principios de legalidad, el derecho a la defensa, racionalidad, proporcionalidad y tipicidad.

LOTTT Artículo 544: Infracción a la obligación de elecciones sindicales o al derecho de afiliación.

Infracción a la obligación de elecciones sindicales o al derecho de afiliación.LOTTT Artículo 544. A los miembros de la junta directiva de una organización sindical que no convoquen a elecciones en la oportunidad que fijen los estatutos; o que no afilien al sindicato al trabajador o trabajadora que lo solicite, no obstante orden judicial, se les impondrá una multa no menor del equivalente a…

Índice LOTTT