LOTTT Artículo 449: Presencia del funcionario o de la funcionaria del trabajo.
Presencia del funcionario o de la funcionaria del trabajo.LOTTT Artículo 449. La discusión de un proyecto de convención colectiva de trabajo se realizará en presencia de un funcionario o una funcionaria del trabajo, quien presidirá las reuniones y se interesará en lograr un acuerdo inspirado en la justicia, protección del proceso social de trabajo y en la justa distribución de la riqueza,…
