Artículo 428. Impedimentos matrimonialesLa adopción no extingue los impedimentos matrimoniales que existen entre el o la adoptado y los integrantes de su familia de origen. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 54Código Civil Artículo 246Código Civil Artículo 829
Artículo 419. Prohibición de lucroLos consentimientos que se requieren para la adopción no pueden ser obtenidos, en ningún caso, mediante pago o compensación económica o de cualquier otra clase.Nadie puede obtener beneficios materiales indebidos como consecuencia de una…
Artículo 407. Tipos de adopciónLa adopción puede ser nacional o internacional. La adopción internacional es subsidiaria de la adopción nacional. La adopción nacional sólo podrá solicitarse por quienes tengan residencia habitual en el país. El cambio de residencia habitual del o…
Artículo 410. Diferencia de edades entre adoptante y adoptado o adoptadaEl adoptante debe ser dieciocho años mayor, por lo menos, que el adoptado o adoptada. Cuando se trate de la adopción del hijo o hija de uno de los cónyuges o las cónyuges por el otro cónyuge, la diferencia…
Artículo 415. OpinionesPara la adopción debe recabarse las opiniones siguientes:a) De la persona a ser adoptada si tiene menos de doce años.b) Del o de la fiscal del ministerio público.c) De los hijos o hija del solicitante de la adopción.Si el juez o jueza lo creyere…
Artículo 418. AsesoramientoLas personas cuyo consentimiento es necesario para decretar la adopción deben ser asesoradas e informadas acerca de los efectos de la adopción, por la oficina de adopciones respectiva o por el equipo multidisciplinario del Tribunal de Protección de…
Artículo 425. Efectos de filiaciónLa adopción confiere al adoptado o adoptada la condición de hijo o hija, y a al adoptante la condición de padre o madre. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 246Código Civil Artículo 829