Artículo 409. Capacidad para ser adoptanteLa capacidad para adoptar se adquiere a los veinticinco años. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 246Código Civil Artículo 829
Artículo 406. ConceptoLa adopción es una institución de protección que tiene por objeto proveer al niño, niña o adolescente, apto para ser adoptado o adoptada, de una familia sustituta, permanente y adecuada. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 54Código Civil Artículo…
Artículo 423. Prórroga del período de pruebaEl juez o jueza de mediación y sustanciación, de oficio, a petición de parte, del Ministerio Público o de la correspondiente oficina de adopciones, puede ordenar la prórroga del período de prueba, sea la adopción nacional o…
Artículo 415. OpinionesPara la adopción debe recabarse las opiniones siguientes:a) De la persona a ser adoptada si tiene menos de doce años.b) Del o de la fiscal del ministerio público.c) De los hijos o hija del solicitante de la adopción.Si el juez o jueza lo creyere…
Artículo 424. Colocación con miras a la adopciónMientras dure el período de prueba o su prórroga, si la hubiere, se concede a los solicitantes la colocación familiar de la persona a ser adoptada. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 246Código Civil Artículo 829
Artículo 428. Impedimentos matrimonialesLa adopción no extingue los impedimentos matrimoniales que existen entre el o la adoptado y los integrantes de su familia de origen. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 54Código Civil Artículo 246Código Civil Artículo 829