Artículo 407. Tipos de adopciónLa adopción puede ser nacional o internacional. La adopción internacional es subsidiaria de la adopción nacional. La adopción nacional sólo podrá solicitarse por quienes tengan residencia habitual en el país. El cambio de residencia habitual del o…
Artículo 417. Inexigibilidad de los consentimientosLos consentimientos y opiniones previstos en los artículos anteriores no se los exigirá cuando las personas que deben darlos se encuentren en imposibilidad permanente de otorgarlos o se desconozca su residencia. Concordancia…
Artículo 420. Informe sobre el candidato o candidata a adopciónLa oficina de adopciones correspondiente debe disponer lo necesario para que a todo niño, niña o adolescente, que llene las condiciones de esta Ley para ser adoptado o adoptada, se le elabore un informe que contenga…
Artículo 408. Edad para ser adoptado o adoptadaSólo pueden ser adoptados o adoptadas quienes tengan menos de dieciocho años para la fecha en que se solicite la adopción, excepto si existen relaciones de parentesco o si la persona a ser adoptada ha estado integrado al hogar del…
Artículo 411. Adopción conjunta, individual y plenaLa adopción también puede ser conjunta o individual. La adopción conjunta sólo puede ser solicitada por cónyuges no separados o separadas legalmente, y por parejas conformadas por un hombre y una mujer, que mantengan una unión…