Artículo 414. ConsentimientosPara la adopción se requiere los consentimientos siguientes:a) De la persona a ser adoptada si tiene doce años o más.b) De quienes ejerzan la patria potestad y, en caso de ser ejercida por quien no hubiese alcanzado aún la mayoridad, debe estar…
Artículo 415. OpinionesPara la adopción debe recabarse las opiniones siguientes:a) De la persona a ser adoptada si tiene menos de doce años.b) Del o de la fiscal del ministerio público.c) De los hijos o hija del solicitante de la adopción.Si el juez o jueza lo creyere…
Artículo 406. ConceptoLa adopción es una institución de protección que tiene por objeto proveer al niño, niña o adolescente, apto para ser adoptado o adoptada, de una familia sustituta, permanente y adecuada. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 54Código Civil Artículo…
Artículo 428. Impedimentos matrimonialesLa adopción no extingue los impedimentos matrimoniales que existen entre el o la adoptado y los integrantes de su familia de origen. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 54Código Civil Artículo 246Código Civil Artículo 829
Artículo 416. Formas y condiciones de los consentimientos y opinionesLos consentimientos y opiniones previstos en los artículos anteriores deben ser puros y simples. El consentimiento previsto en el literal b) del artículo 414. de esta Ley, se otorgará ante la correspondiente…