Artículo 222. Violación del derecho a manifestación, reunión, asociación y sindicalización
Quien viole o amenace con violar el derecho de un niño, niña o adolescente a manifestar, reunirse, asociarse o sindicalizarse en los términos consagrados en esta Ley, será sancionado o sancionada con multa de quince unidades tributarias (15. U.T.) a noventa unidades tributarias (90. U.T.).
LOPNNA Artículo 227-A: Violación de confidencialidad de la audiencia.
Artículo 227-A. Violación de confidencialidad de la audiencia En caso que el juez o jueza ordene realizar el juicio oral a puertas cerradas total o parcialmente, ni las partes ni los terceros podrán divulgar, total o parcialmente los actos que se hayan verificado, ni dar cuenta…
