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Código Penal Artículo 368

Categoría: Capítulo III De los delitos contra la salubridad y alimentación pública
Artículo 368. Todo individuo que hubiere puesto en venta o de cualquiera otra manera en el comercio, como genuinas, sustancias alimenticias que no lo sean, aunque no resultaren nocivas a la salud, será penado con prisión de tres a quince días.

Código Penal Artículo 365

Categoría: Capítulo III De los delitos contra la salubridad y alimentación pública
Artículo 365. Todo individuo que hubiere falsificado o adulterado, haciéndolas nocivas a la salud, las sustancias alimenticias o medicinales u otros efectos destinados al comercio, será penado con prisión de uno a treinta meses; y asimismo, el que de cualquiera manera haya…

Código Penal Artículo 372

Categoría: Capítulo III De los delitos contra la salubridad y alimentación pública
Artículo 372. El que propagando falsas noticias o valiéndose de otros medios fraudulentos, haya producido la escasez y encarecimiento de los artículos alimenticios, será penado con prisión de seis a treinta meses. Si el culpable es algún corredor público, se aumentará dicha pena…

Código Penal Artículo 363

Categoría: Capítulo III De los delitos contra la salubridad y alimentación pública
Artículo 363. El que ilegalmente tale o roce los montes donde existan vertientes que provean de agua las poblaciones aunque aquéllos pertenezcan a particulares, será penado, salvo disposiciones especiales, con prisión de uno a tres años. El que ilegalmente interrumpa el servicio…

Código Penal Artículo 367

Categoría: Capítulo III De los delitos contra la salubridad y alimentación pública
Artículo 367. El que estando autorizado para vender sustancias medicinales las hubiere suministrado en especie, calidad y cantidad diferentes de las prescritas por el médico o diferentes de las declaradas o convenidas, será penado con prisión de seis a dieciocho meses.
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