Código Penal Artículo 12
Código: Título II: De las Penas
Artículo 12. La pena de presidio se cumplirá en las Penitenciarías que establezca y reglamente la ley. Dicha pena comporta los trabajos forzados dentro o fuera del respectivo establecimiento, conforme lo determine la ley, la cual fijará también el tiempo que haya de pasar el reo…
