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Código Penal Artículo 12

Código: Título II: De las Penas
Artículo 12. La pena de presidio se cumplirá en las Penitenciarías que establezca y reglamente la ley. Dicha pena comporta los trabajos forzados dentro o fuera del respectivo establecimiento, conforme lo determine la ley, la cual fijará también el tiempo que haya de pasar el reo…

Código Penal Artículo 18

Código: Título II: De las Penas
Artículo 18. Las mujeres cumplirán las penas de presidio, prisión y arresto en establecimientos especiales, y mientras no se funden y hayan de cumplirlas en los establecimientos comunes, estarán siempre separadas en éstos de los hombres. Parágrafo único: El Presidente de la…

Código Penal Artículo 11

Código: Título II: De las Penas
Artículo 11. Las penas se dividen también en principales y accesorias. Son principales:Las que la ley aplica directamente al castigo del delito. Son accesorias:Las que la ley trae como adherentes a la principal, necesaria o accidentalmente.

Código Penal Artículo 21

Código: Título II: De las Penas
Artículo 21. La expulsión del espacio geográfico de la República impone al reo la obligación de no volver a ésta durante el tiempo de la condena. Esta pena comporta como accesoria la misma indicada en el aparte final del artículo anterior.

Código Penal Artículo 27

Código: Título II: De las Penas
Artículo 27. La suspensión del empleo impide al penado su desempeño durante el tiempo de la condena, con derecho, terminada ésta, a continuar en él, si para su ejercicio estuviera fijado un período que entonces corriere aún. Parágrafo único: Esta pena y la del artículo anterior…
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