LOTTT Artículo 550.
No se oirá el recurso mientras no conste haberse consignado o afianzado satisfactoriamente el valor de la multa.
Más Artículos de este Titulo
LOTTT Artículo 527: Infracción a las disposiciones sobre trabajadores extranjeros y trabajadoras extranjeras.
Infracción a las disposiciones sobre trabajadores extranjeros y trabajadoras extranjeras.LOTTT Artículo 527. Al patrono o patrona que infrinja las disposiciones sobre el porcentaje de trabajadores extranjeros o trabajadoras extranjeras se le impondrá una multa no menor del equivalente a treinta unidades tributarias, ni mayor del equivalente a sesenta unidades tributarias.
LOTTT Artículo 551: Pago de las multas.
Pago de las multas.LOTTT Artículo 551. Las multas previstas por esta Ley serán pagadas al Tesorería de la Seguridad Social en sus oficinas recaudadoras.
LOTTT Artículo 541: Infracción a los lapsos por el funcionario o funcionaria del trabajo.
Infracción a los lapsos por el funcionario o funcionaria del trabajo.LOTTT Artículo 541. El funcionario o funcionaria del Trabajo que no cumpla sus obligaciones dentro de los lapsos legales establecidos, aun teniendo los medios para hacerlo se le abrirá el procedimiento administrativo que corresponda conforme a la ley.
