Artículo 490-A. Decisión del recurso
Si el recurso de control de la legalidad fuera tramitado y sustanciado, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social puede decretar la nulidad del fallo, ordenando la reposición de la causa al estado que considere necesario para restablecer el orden jurídico infringido o deberá decidir el fondo de la controversia, anulando el fallo del juez o jueza superior, sin posibilidad de reenvío; en caso contrario, el fallo impugnado quedará definitivamente firme.
LOPNNA Artículo 493-I: Intercambio de información entre oficinas de adopciones.
Artículo 493-I. Intercambio de información entre oficinas de adopciones Las oficinas estadales de adopciones del Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, remitirán a la oficina nacional de adopciones, cada tres meses, la información cualitativa y…
