Artículo 298. Efectos del desistimiento.
Cuando el procedimiento se haya iniciado a petición de persona interesada, el desistimiento de la acción no paraliza el curso del proceso si, a juicio del Consejo competente, existen indicios o razones suficientes para continuar de oficio el procedimiento.
LOPNNA Artículo 302: Abstención de los Consejos Municipales de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
Artículo 302. Abstención de los Consejos Municipales de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar, contra la abstención injustificada de los Consejos Municipales de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes cabe acción de…
