Artículo 304. Aplicación supletoria.
En todo lo no previsto en este capítulo se aplica supletoriamente lo dispuesto en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
LOPNNA Artículo 296: Medidas provisionales de carácter inmediato.
Artículo 296. Medidas provisionales de carácter inmediato. Dentro de las veinticuatro horas siguientes al conocimiento del hecho, el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes competente, constatará la situación de ser posible, escuchará a las partes involucradas, al…
