Artículo 303. Desacato o disconformidad con las decisiones.
En caso de desacato o disconformidad con la decisión dictada por los respectivos Consejos cabe acción judicial conforme al procedimiento previsto en el Capítulo XII de esta Ley.
LOPNNA Artículo 301: Abstención del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Artículo 301. Abstención del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar, vencido el lapso establecido en el artículo anterior sin que el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes haya adoptado una decisión,…
