Artículo 303. Desacato o disconformidad con las decisiones.
En caso de desacato o disconformidad con la decisión dictada por los respectivos Consejos cabe acción judicial conforme al procedimiento previsto en el Capítulo XII de esta Ley.
LOPNNA Artículo 304: Aplicación supletoria.
Artículo 304. Aplicación supletoria. En todo lo no previsto en este capítulo se aplica supletoriamente lo dispuesto en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
