Artículo 227-A. Violación de confidencialidad de la audiencia
En caso que el juez o jueza ordene realizar el juicio oral a puertas cerradas total o parcialmente, ni las partes ni los terceros podrán divulgar, total o parcialmente los actos que se hayan verificado, ni dar cuenta o relación de ellos al público. Las personas que incurran en el supuesto previsto en este artículo serán sancionadas con multa de treinta unidades tributarias (30. U.T.) a noventa unidades tributarias (90. U.T.), que impondrá el juez o jueza por cada falta.
LOPNNA Artículo 233: Omisión de Información acerca de la naturaleza de un espectáculo público.
Artículo 233. Omisión de Información acerca de la naturaleza de un espectáculo público. El o la responsable de espectáculo público que omita colocar en lugar visible y de fácil acceso en la entrada del local de exhibición, información destacada sobre la naturaleza del…
