Artículo 124. Si el hecho punible es imputable a varias personas, quedan éstas obligadas solidariamente por el daño causado.


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Código Penal Artículo 126

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Código Penal Artículo 119

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Código Penal Artículo 117

Código: Título XI: De la Responsabilidad Civil, su Extensión y Efectos
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