Artículo 342. Normas de funcionamiento.
Las normas de funcionamiento del Fondo Nacional y de los Fondos Municipales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes están contenidas en esta Ley, y en las que dicte el órgano rector en su ámbito de competencia.
LOPNNA Artículo 341: Atribuciones del administrador o administradora.
Artículo 341. Atribuciones del administrador o administradora. Los administradores o administradoras en cada jurisdicción tienen, en relación con el respectivo Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, las siguientes atribuciones: a) Coordinar la ejecución de los…
