Artículo 337. Adscripción.
El Fondo Nacional de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes está adscrito al Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
Los Fondos Municipales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes están adscritos a los respectivos Consejos Municipales de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
LOPNNA Artículo 343: Fuentes de aprovisionamiento de los Fondos Municipales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Artículo 343. Fuentes de aprovisionamiento de los Fondos Municipales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Los recursos de los Fondos Municipales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes también podrán provenir de transferencias del Fondo Nacional de Protección de…
