Artículo 191. Requisitos para la inscripción de programas
El o la responsable de un programa, sea éste ejecutado o no en una entidad de atención, debe presentar su solicitud de inscripción acompañada de:
a) Justificación.
b) Beneficiarios directos e indirectos.
c) Objetivos generales y específicos.
d) Forma de ejecución y productos esperados.
e) Presupuesto y forma de financiamiento.
f) Perfil, funciones y número estimado de personas que intervendrán en su ejecución.
g) Tiempo estimado de duración del programa.

Cuando el programa sea ejecutado por persona natural, se le exigirá reconocida idoneidad moral, así como formación profesional o experiencia previa en materia de niños, niñas y adolescentes.


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