Artículo 103. La muerte del procesado extingue la acción penal. La muerte del reo extingue también la pena, aún la pecuniaria impuesta y no satisfecha y todas las consecuencias penales de la misma, pero no impide la confiscación de los objetos o instrumentos con que se cometió el delito ni el pago de las costas procesales que se harán efectivas contra los herederos.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

Código Penal Artículo 104

Categoría: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 104. La amnistía extingue la acción penal y hace cesar la ejecución de la condena y todas las consecuencias penales de la misma. El indulto o gracia que condona la pena la hace cesar con todas sus accesorias. Cuando el indulto se concede conmutando la pena impuesta por…

Código Penal Artículo 108

Categoría: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 108. Salvo el caso en que la Ley disponga otra cosa, la acción penal prescribe así: 1. Por quince años, si el delito mereciere pena de prisión que exceda de diez años.2. Por diez años, si el delito mereciere pena de prisión mayor de siete años sin exceder de diez.3. Por…

Código Penal Artículo 111

Categoría: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 111. Cuando un condenado sea sometido por cualquier otro hecho punible a un nuevo juicio, se computará la prescripción según la pena que deberá imponerse en la nueva sentencia, cuando resulte inferior a la impuesta en la anterior.

Código Penal Artículo 106

Categoría: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 106. En los hechos punibles para cuya averiguación y castigo es menester instancia de parte, el perdón del ofendido extingue la acción penal, pero no hace cesar la ejecución de la condena sino en aquellos casos establecidos por la Ley. El perdón obtenido por uno de los…

Código Penal Artículo 109

Categoría: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 109. Comenzará la prescripción para los hechos punibles consumados, desde el día de la perpetración; para las infracciones, intentadas o fracasadas, desde el día en que se realizó el último acto de la ejecución; y para las infracciones continuadas o permanentes, desde…
Indice Código Penal