Artículo 111. Cuando un condenado sea sometido por cualquier otro hecho punible a un nuevo juicio, se computará la prescripción según la pena que deberá imponerse en la nueva sentencia, cuando resulte inferior a la impuesta en la anterior.


Códigos Concordados
Más Artículos de este Código

Código Penal Artículo 109

Código: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 109. Comenzará la prescripción para los hechos punibles consumados, desde el día de la perpetración; para las infracciones, intentadas o fracasadas, desde el día en que se realizó el último acto de la ejecución; y para las infracciones continuadas o permanentes, desde…

Código Penal Artículo 105

Código: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 105. El cumplimiento de la condena extingue la responsabilidad criminal.

Código Penal Artículo 104

Código: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 104. La amnistía extingue la acción penal y hace cesar la ejecución de la condena y todas las consecuencias penales de la misma. El indulto o gracia que condona la pena la hace cesar con todas sus accesorias. Cuando el indulto se concede conmutando la pena impuesta por…

Código Penal Artículo 110

Código: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 110. Se interrumpirá el curso de la prescripción de la acción penal por el pronunciamiento de la sentencia, siendo condenatoria, o por la requisitoria que se libre contra el imputado, si éste se fugare. Interrumpirán también la prescripción, la citación que como…

Código Penal Artículo 103

Código: Título X: De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Artículo 103. La muerte del procesado extingue la acción penal. La muerte del reo extingue también la pena, aún la pecuniaria impuesta y no satisfecha y todas las consecuencias penales de la misma, pero no impide la confiscación de los objetos o instrumentos con que se cometió…
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