Artículo 88. Derecho a la defensa y al debido proceso.
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la defensa en todo estado y grado de cualquier proceso administrativo o judicial. Asimismo, tienen derecho al debido proceso, en los términos consagrados en esta Ley y el ordenamiento jurídico.
LOPNNA Artículo 92: Prevención.
Artículo 92. Prevención. Está prohibido vender o facilitar, de cualquier forma, a los niños, niñas y adolescentes: a) Tabaco. b) Sustancias estupefacientes y psicotrópicas, incluidos los inhalantes. c) Sustancias alcohólicas. d) Armas, municiones y explosivos. e) Fuegos…
