Artículo 46. Lactancia materna.
El Estado, las instituciones privadas y los empleadores o las empleadoras proporcionarán condiciones adecuadas que permitan la lactancia materna, incluso para aquellos o aquellas hijos e hijas cuyas madres estén sometidas a medidas privativas de libertad.


Más Articulos de este Título

LOPNNA Artículo 37: Derecho a la libertad personal.

Artículo 37. Derecho a la libertad personal. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la libertad personal, sin más límites que los establecidos en la ley. No pueden ser privados de ella ilegal o arbitrariamente.Parágrafo Primero. La retención o privación de…

LOPNNA Artículo 41: Derecho a la salud y a servicios de salud.

Artículo 41. Derecho a la salud y a servicios de salud. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental. Asimismo, tienen derecho a servicios de salud, de carácter gratuito y de la más alta calidad,…

LOPNNA Artículo 32: Derecho a la integridad personal.

Artículo 32. Derecho a la integridad personal. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral.Parágrafo Primero. Los niños, niñas y adolescentes no pueden ser sometidos a torturas, ni a…

LOPNNA Artículo 24: Promoción del reconocimiento de hijos e hijas.

Artículo 24. Promoción del reconocimiento de hijos e hijas Todos los beneficios o prestaciones de cualquier naturaleza que perciban los trabajadores y las trabajadoras o les correspondan por concepto de nacimiento o de existencia de hijos, sólo podrán ser pagados a quienes…
Índice LOPNNA 2015