Artículo 282. Ejecución.
El juez o jueza tomará las medidas necesarias para la ejecución de la decisión firme que acuerde la protección.
LOPNNA Artículo 283: Responsabilidad civil.
Artículo 283. Responsabilidad civil. Los y las particulares y representantes de órganos o instituciones públicas o privadas son responsables civilmente por los gastos que sea necesario hacer para garantizar la protección debida, en tanto se cumpla el mandato o la prohibición…
