Artículo 278. En los casos previstos en los artículos 274, 276 y 277, las armas materia del proceso se confiscarán y se destinarán al parque nacional.
Código Penal Artículo 274
Artículo 274. El comercio, la importación, la fabricación, el porte, la posesión, el suministro y el ocultamiento de las armas clasificadas…
